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Ningún hombre nacido de padres a los que por ley se les prohibió casarse, puede hacerse ciudadano del pueblo del SEÑOR. Sus descendientes, aun hasta la décima generación, no podrán hacerse ciudadanos del pueblo del SEÑOR.

Ningún amonita o moabita podrá hacerse ciudadano del pueblo del SEÑOR y sus descendientes, ni siquiera después de la décima generación, tampoco podrán hacerse ciudadanos del pueblo del SEÑOR. Porque ellos no fueron a encontrarte con alimento y agua en el camino cuando saliste de Egipto, y porque ellos contrataron para maldecirte a Balán hijo de Beor de la ciudad de Petor en Aram Najarayin[a].

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Footnotes

  1. 23:4 Aram Najarayin Mesopotamia nororiental.